http://informativocodeci-cn-cideco.blogspot.com/
Informativo Virtual Nº 1397
Pero más allá de las inconductas funcionales, lo que interesa es evidenciar de qué manera estos sinverguenzas conciben la gestión municipal en el sentido de buscar el mayor beneficio lucrativo antes de pensar en el bienestar del distrito.
- La Municipalidad no puede exigir el pago de multa si antes no ha emitido la respectiva notificacion preventiva
- La Municipalidad no puede exigir pago de multa si no cuenta con la Ordenanza que aprueba la escala de multa tributaria
- La Municipalidad no puede negar el derecho de regulacion a quienes construyeron sus viviendas antes del 1999.
- La Municipalidad no puede negar el derecho de regulacion a quienes construyeron sus viviendas antes del saneamiento fisico legal.
Está visto que aquellos que se amarran al poder, siempre harán lo posible por sacar provecho del cargo que desempeñan, calculando tal vez que su presencia temporal en el municipio debería ser un medio para enriquecerse ilícitamente sin mucho esfuerzo.
Así lo evidencia lo que a diario viene ocurriendo en la oficina de fiscalizacion tributaria última gran trama de corrupción articulada, particularmente vergonzante y condenable desde todo punto de vista.Pero más allá de las inconductas funcionales, lo que interesa es evidenciar de qué manera estos sinverguenzas conciben la gestión municipal en el sentido de buscar el mayor beneficio lucrativo antes de pensar en el bienestar del distrito.
En efecto, la municipalidad de Carabayllo con el apoyo de una pandilla alias fiscalizadores ha puesto en marcha un operativo intimidatorio contra MODESTOS ciudadanos de las zonas altas a quienes a traves de la Gerencia de Fiscalizacion se le pide el pago de 100 soles por construir sin licencia, no importa si construyo antes del 1999 o si, su zona de residencia no cuenta con saneamiento fisico legal. Tampoco inporta, si la municipalidad no cuenta con la Ordenanza que aprueba la escala de multa tributaria obviando el debido proceso que se ha festinado por lo que la mencionada exigencia expresada en el pago de 100 soles es desde su genesis nula de pleno derecho.
Tan dantesco panorama se agrava aun más si a esto le agregamos que la verdadera intencion de la imposicion del pago de 100 soles es incrementar los ingresos municipales para asi poder cubrir el pago de los 44 funcionarios reciclados en su mayoria de otros distritos.
Tal pretensión contraviene la ley. La municipalidad tiene que acatar estrictamente lo que la ley señala y que le impide cobrar lo que injustamente viene exigiendo. De insistir en tal enfrentamiento al desconocer el ordenamiento jurídico del país, estaría el alcalde y sus funcionarios cometiendo abuso de autoridad..
No hay comentarios:
Publicar un comentario