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Informativo Virtual Nº 1422
GOBERNADOR DE CARABAYLLO |
El actual Secretario del II Sector solicita a la gobernacion garantias personales y posesionarias para llevar a cabo una Asanblea de vecinos por encontrarse el local en posecion ilegal de la ex secretaria general Maria Moreno.
Lo que llama la atencion es la conducta asumida por el Gobernador pese a tener conocimiento que la convocatoria a la asamblea iba a ser objeto de actos violentos por parte de la ex secretaria Maria Moreno.
Lo que ocurre es que, la ex secretaria General pretende registrar el mencionado local como de su propiedad y construir en complicdad con la municipalidad un edifico de dos pisos para beneficio propio.
- No cabe ninguna duda, los ciudadanos nombrados en estos cargos de confianza, salvo raras excepciones, no conocen sus atribuciones y por consiguiente no conocen sus funciones.
La comunidad está indignada. Imposible no compartir el sentimiento generalizado de malestar frente a un comportamiento que en verdad es grave, negarse a ofrecer las garantías personales y posecionarias solicitadas por existir la sospecha de la ocurrencia de hechos de violencia en el momento de la recuperacion del local institucional ocupada ilegalmente por la ex secretaria general cuya intencion es apoderarse de la propiedad del mencionado local institucional conforme lo señala el actual Secretario General Sr. Juan de Dios Cotrina.
Resulta más que lamentable que la gobernación este perdiendo imagen y respetabilidad ante la opinión publica. La gobernación tiene deberes ineludibles con el pueblo y consigo mismo, por lo que deben de ceñir sus actos a un mínimo de ética que les permita seguir gozando de la confianza de la poblacion.
Lo que ocurre es que los ciudadanos nombrados en estos cargos de confianza, salvo raras excepciones, no conocen sus atribuciones y por consiguiente no conocen sus funciones limitándose solamente a la acción del otorgamiento de garantías personales y posesorias y/o autorizar algunos eventos públicos.
SOBRE EL PARTICULAR, POR SU ALTO CONTENIDO REFLEXIVO, ADJUNTAMOS UN COMENTARIO ENVIADO A NUESTRO CORREO
Lo que resulta indignante y conlleva ha la inseguridad jurídica administrativa es la poca y/o nula uniformidad para los procedimientos administrativos seguidos ante esta instancia gubernamental que de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico representa a la máxima autoridad administrativa (presidente del Perú), y por consiguiente con la facultadad otorgada para participar en toda las acciones del gobierno fiscalizando, integrando al pueblo con el estado, pero los gobernadores no conocen su función, máxime que las gobernaciones no cuentan con presupuesto que debería ser considerado en el presupuesto del ministerio del interior , para considerar personal administrativo, técnicos que coadyuven al gobernador de turno a desarrollar la actividad publica.
¿De que vale decir y señalar en sendas directivas que los procedimientos administrativos seguidas ante las gobernaciones son gratuitas?, si no cuentan con el recurso para sufragar los procedimientos, lo que lleva a que los integrantes y/o personal de apoyo adhonorem se procuren fondos cobrando por notificaciones , pasajes etc. al administrado, lo que conllevaría a una denuncia penal por exarcion ilegal contra el personal que labora en dicha dependencia así como al mismo gobernador de turno ya que en las dependencias estatales los cobros se hacen en función de lo señalado en el tupa institucional y de acuerdo a la directiva y el ds las gobernaciones dependen de la dirección general de gobierno interior siendo dicha instancia la que cuenta con un tupa aprobado y en ella no se encuentra el cobro por interponer denuncia ante la gobernación; que es menester blindar a las gobernaciones de una legislación con capacidad coercitiva así como dotarlos de la infraestructura adecuada para evitar la corrupción reinante en algunas gobernaciones
Las gobernaciones como entidades publicas deben contar con un inmueble asignado para que los administrados no se pierdan cada vez que se cambia la designación del nuevo gobernador que se lleva la sede a su domicilio cual chacra para cultivar
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