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Informativo Virtual Nº 3007
ESTA REMITIENDO ILEGALES NOTIFICACIONES DE EMBARGO DE SUS PERTENENCIAS EN COMPLICIDAD CON EL EJECUTOR COACTIVO
HIP..HIP...ES LA ULTIMA |
NOTIFICACION COACTIVA DE 7 DIAS |
- Estas notificaciones coactivas son desde su génesis nulos de pleno derecho puesto que al emitirse no han cumplido con el debido proceso conforme lo establece la ley de procedimiento ejecución coactiva además han obviado la existencia de expedientes en trámite a la fecha no resueltos.
- Se están realizando reclamos masivos contra las cobranzas coactivas originadas en notificaciones que los contribuyentes no recibieron. La municipalidad creyó haber entregado notificaciones y como no recibió respuesta, inició procesos de cobranza coactiva.
- Resulta más que preocupante ver como el alcalde de Carabayllo viola cada vez más las leyes en forma arbitraria y abuso de poder. En la mayoría de los casos no se justifican, rebasan los límites del derecho hasta convertirlos en una especie de fuerza extrajudicial.
- La aplicación de las llamadas NOTIFICACIONES COACTIVAS son la más clara demostración de cómo viene actuando la municipalidad de Carabayllo en su pretensión de exigencia de pagos dados al margen de la legalidad y la realidad en contra de los mas pobres del distrito.
- No procede acción coactiva en los cobros prescritos, la norma establece que cada cuatro años los impuestos prediales o por concepto de arbitrios ya han prescrito pero, pese a la claridad de la norma, el alcalde obliga a los contribuyentes paguen sin poner objeción. .
¿Por qué? Porque sencillamente le importa un carajo. De otra forma habría de inmediato cesado a esa logia de funcionarios malandrines contratados no por eficientes sino por tener la experiencia de haber delinquido en las municipalidades de las cuales fueron votados.
Es así, como con el apoyo del alcalde estos sujetos reciclados funcionarios amprados en normas inexistentes, vienen remitiendo al domicilio de los contribuyentes más pobres del distrito NOTIFICACIONES INTIMATORIAS DE 7 DIAS, CASO CONTRARIO SERAN OBJEROS DE EMBARGO.
Las municipalidades no pueden iniciar un proceso coactivo si antes no han notificado a las personas afectadas por el inicio de estos mecanismos conforme lo dispone la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. La Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva que se menciona proporciona el nuevo marco legal bajo el cual debe llevarse a cabo los casos de cobranza coactiva, evitando sorpresas como las que VIENE ABUSIVAMENTE APLICANDO municipios como la de Carabayllo.
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