viernes, 12 de octubre de 2007

COBRO POR PRESCRIPCION DE DEUDA PREDIAL ES ILEGAL

Informativo Virtual Nº 112
CODECI-CN
Viernes 12 de octubre de 2007
COBRO POR PRESCRIPCION DE DEUDA PREDIAL ES ILEGAL
Indecopi determino que cobros municipales son ilegales
El tribunal del Indecopi declaro contrarios al ordenamiento legal vigente el cobro de derechos administrativos por concepto de solicitar la prescripcion de las deudas tributarias.
Una Comision de la Comision de Acceso al Mercado a los cobros por derechos administrativos en el SAT de Chiclayo condujo al tribunal del Indecopi a la declaracion de no conformidad de los mismos con las disposiciones de la Ley del Prodecimiento Administrativo General.
La Resolucion del Indecopi constituye una decision acertada que obliga a las municipalidades a eliminar de su TUPA los cobros que realizan cuando las personas solicitan la prescripcion de su deudas tributarias, en razon de haber transcurrido cuatro años, en la que las municipalidades no cobraron.
No esta demas agregar, que al cabo de cuatro años, toda deuda tributaria (predial, arbitrios, etc.) prescriben automaticamente.
Sin embargo, algunas municipalidades como la de Carabayllo, a los que pedimos esta anulacion para no seguir apareciendo como deudor, ademas de obligarnos a un tramite previo, nos exige el pago de 7.50 nuevos soles por concepto de tramitacion.
Tal pretencion atenta contra los derechos del usuario y se contradice con lo que señala la Ley de Procedimiento administrativo General.
La Resolucioin de Indicopi señala con mucha claridad que es responsabilidad de la municipalidad y no del vecino corroborar la prescripcion señalada, por lo que no se le debe exigir a este el cobro de tramite. En este sentido ordena la mencionada resolucion eliminar del TUPA todo cobro referido a este concepto.