jueves, 10 de abril de 2008

OTORONGOS Y MALANDRINES

Informativo Virtual Nº 195
CODECI-CN
Jueves, 10 de abril de 2008
GOBIERNO APRISTA: OTORONGOS Y MALANDRINES
No me quepa la menor duda que este gobierno llego al poder para cobijar en su entorno una logia de otorongos y malandrines que lo único que saben hacer es llenarse los bolsillos.
Si pues, el escándalo del canal 11 que involucra al hijo del Premier Del Castillo, es desde ya un indicio que amerita una sumaria investigación para deslindar responsabilidades.
Por supuesto, Papi Del Castillo tiene todo el derecho que querer hacer de su hijo un exitoso empresario, pero no este bien utilizar el Cargo y el dinero del Estado para tal propósito.
Pero lo inédito del caso es que:
¿Que el mencionado Jotita de la política, de 31 años sin oficio conocido, como es tentado por RBC para que le compre la mayoría de acciones?
¿Que exitosa gestión mostro el hijito de papa para que RBC decidiera entregarle la administración del canal?.
¿Que Jotita prometió pagarle a RBC con publicidad estatal que maneja su papi, puesto que papito no dispone de plata para comprar el canal?
Para su reflexión y preocupación adjuntamos nota periodística del Diario La PrimeraApristas llegaron al poder sólo para enriquecerse
Diario LA PRIMERA
HUANCAYO 10-4-08Escándalo similar al que ocurrió en la década de fujimorato, involucra al ministro del Interior, Luis Alva Castro.
El mal manejo publicitario en el fujimorato condujo a barbaridades. La historia tiende a repetirse con el aprismo, sino veamos los titulares de los medios pro gobiernistas.
DATOS
El espíritu de esta norma es evitar precisamente “dar lugar a situaciones que privilegien injustificadamente a empresas periodísticas determinadas”. Lo dice literalmente.
Como lo advertimos en su momento, era sólo cuestión de tiempo para poder comprobar que Miguelito del Castillo se había anclado en Canal 11 con el único propósito de beneficiarse económicamente con la ayuda de su papi, el Premier Jorge del Castillo.Sólo había que esperar que el autodenominado “jotita de la tele” empiece a operar. Y así, gracias al siempre acucioso bloguer José Godoy, conseguimos la prueba de un escandaloso incremento en los gastos por publicidad estatal a favor de la empresa Red Bicolor de Comunicaciones S.A.A, que maneja el hijo del Primer Ministro.Por lo pronto, la oposición ha decidido citar al Premier al Pleno del Congreso para explique esta contratación. El asunto ahora es que la presentación del Premier no se convierta en un saludo a la bandera. Hay demasiada ropa tendida y el caso amerita también la formación de una comisión investigadora y -que no quede duda- la intervención del Ministerio Público.Y es que en este caso, el gobierno aprista ha infringido la Ley que Regula la Publicidad Estatal. Y este escándalo no sólo compromete a Jorge del Castillo, sino también al ministro del Interior, Luis Alva Castro.
Ley N° 28874
Para que nuestras lectores entiendan de lo que estamos hablando, es necesario explicar que toda inversión del Estado en publicidad está regulada por la Ley N° 28874 que fue aprobada por el Congreso y promulgada por el entonces presidente Alejandro Toledo. Esta norma también fue refrendada por el presidente García y el propio premier Jorge del Castillo como lo pueden ver aquí.Esta norma, conocida como la Ley que Regula la Publicidad Estatal, en su artículo 3° establece lo siguiente: “Bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de realización de publicidad estatal, se deberá cumplir con los siguientes requisitos”:
a) Propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiera lograr, la cobertura, la duración de la campaña, equilibrio informativo e impacto de los mismos. Deberá sustentarse técnicamente la razón por la que una determinada entidad o dependencia eligió a determinados medios de manera preferente, para no dar lugar a situaciones que privilegien injustificadamente a empresas periodísticas determinadas.
b) Proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas.El punto B es clave para la distribución de la torta publicitaria. Este requisito se impuso precisamente para evitar negociados, favorecimientos o el uso de la publicidad estatal con fines subalternos como ocurrió en la década del fujimorato.Señal sólo en cercadoPor eso exige una “sustentación o justificación técnica”. O sea, obliga a que el reparto de la torta sea en función de un estudio de medición (raiting) de teleaudiencia, audiencia o lectoría, proveniente de una empresa confiable e independiente.En el Perú, existen dos empresas especializadas en medición de teleaudiencia: Ibope o Media Check. Son las únicas que miden las TGRP’s de los canales de TV (Puntos acumulados de rating del grupo objetivo obtenidos considerando sólo consumidores viendo el comercial de televisión de una marca dada).
El asunto concreto es que RBC no trabaja con ninguna de estas empresas. El Canal 11 dejó de pagar por estas mediciones porque simplemente salían muy mal parados. Son los últimos.
Además, a diferencia de todos los demás canales, hay un factor que siempre jugó en su contra: La cobertura de RBC es limitadísima: ¡Llega sólo a Lima! No se ve ni en los distritos alejados como Carabayllo, Ancón o Ventanilla. Incrementan a medios pro gobiernistas-
Llama la atención, sin embargo, que Alva Castro haya reducido la inversión publicitaria de su ministerio en tres de los diarios de mayor lectoría.
Veamos: En el 2007 el Trome recibió S/. 177,400.00 y este año sólo S/.148,352,43. Lo mismo que Perú 21 que pasó de S/. 185,600.00 a S/. 95,786,90. Estos dos diarios venden más que La Razón y Correo juntos, pero éstos sí fueron beneficiados con un incremento considerable. Coincidentemente la línea editorial de estos dos últimos diarios es pro gobiernista. En estos casos tampoco se aplicó la ley que regula la contratación de publicidad estatal.A los congresistas habría que recordarles que la ley prevé sanciones a los funcionarios de la administración pública que incurren en este tipo de irregularidades y delitos.“Los funcionarios del Gobierno Nacional, regional y local, que incumplan o contravengan las obligaciones y deberes contenidos en la presente Ley, serán pasibles de las acciones y sanciones que recomienden los Órganos del Sistema Nacional de Control, incluyendo las disposiciones referentes a la Carrera Pública, del Procedimiento Administrativo General y demás que resulten pertinentes”.