El indulto del criminal
Alberto Fujimori es ilegal y por lo tanto debe anularse. No existe razón alguno que lo justifique.
Sus crimines son
múltiples: Secuestro y brutal asesinato de 9 estudiantes y un profesor de la Universidad
de la Cantuta. Asesinato masivo en Barrios altos incluido un niño de 8 años. Descuartizamiento
de la Agente Mariella Barreto a la que
se agrega entre otras, el caso de la ejecución de seis personas en el distrito
de Patovica, provincia de Barranca. Esterilización forzada de cerca de 200 mil
mujeres de las zonas marginales de Lima y de la Sierra. A estos hechos
criminales se agrega la corrupción que le permitió acumular una enorme fortuna depositada en Japón y que en el
Perú lo disfrutan sus hijos.
Por ello, el “indulto
humanitario” no le corresponde y debe de anularse por razones de justicia como
lo da a entender la nota informativa que adjuntamos.
GRACIA A FUJIMORI PODRÍA ANULARSE EN DOS
SEMANAS
Sala que preside jueza Miluska Cano dejó al voto anulación de beneficio a
expresidente que hasta el momento lo exime de ser procesado por presunta
autoría mediata en caso Pativilca.
RAMIRO
ANGULO MACHIAVELLO
El
abogado Christian Huaylinos estimó que en aproximadamente dos semanas el
Colegiado B de la Sala Penal Nacional podría estar anulando la gracia
presidencial que se otorgó al expresidente Alberto Fujimori y que luego éste
podría enfrentar el juicio por el caso Pativilca por el que la Fiscalía lo
acusa de ser autor mediato del asesinato cometido por el Grupo Colina contra
seis campesinos.
Estas
declaraciones, las ofreció el jurista en diálogo con Diario UNO luego de la
audiencia de control constitucional en la que los jueces del Colegiado B
dejaron al voto la inaplicación o no de la gracia otorgada a Fujimori luego de
escuchar los alegatos de la defensa legal de la parte civil, los de la defensa
de Fujimori, la del procurador del Estado y la de los 15 abogados que defienden
a los exintegrantes de Colina en mención.
“La
Sala de la doctora Miluska Cano dentro del plazo que establece la norma, que es
de dos a quince días, estaría emitiendo la resolución respectiva”, informó el
jurista quien destacó la labor del Colegiado que tuvo un manejo adecuado de la
audiencia haciendo respetar su investidura y dando tiempo equitativos para que
los diferentes involucrados del proceso ejerzan la defensa de sus
representados.
Para
Huaylinos la Sala debería anular la gracia presidencial y centrar su resolución
en los derechos de los familiares de las víctimas y en las obligaciones
internacionales que tiene el Estado peruano en materia de derechos humanos.
“Tanto
las sentencias de la Corte IDH como la Convención de Derechos Humanos
establecen que no se puede negar bajo ninguna modalidad sea esta
administrativa, jurisdiccional o legal el derecho a la verdad, el derecho a la
tutela jurisdiccional administrativa y el derecho a la justicia de las víctimas
y sus familiares”, refirió.
En
tanto el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Juan José Quispe, quien
ha asesorado a los familiares de las víctimas del caso Pativilca, expresó su
sorpresa debido a que el Ministerio de Justicia cambió al procurador del Estado
Amado Enco por el procurador César Romero Vidal quien según dijo no tuvo una
actitud imparcial durante su presentación.
“Yo
conozco al doctor Amado Enco y este tenía una posición distinta a la del nuevo
procurador, porque el nuevo procurador parecía casi exigirle al tribunal y así
lo hizo que lo excluya a Fujimori del proceso porque el derecho de gracia ha
sido bien dado”, manifestó Quispe en conversación con este medio tras señalar
que la Procuraduría debería tener una actitud imparcial y defender la verdad.
Para
el jurista, la Sala Penal debe anular la gracia ya que según dijo se trata de
un beneficio inmotivado. “No es cierto que las gracias no deban ser motivadas,
la Constitución, el Tribunal Constitucional, las cortes internacionales en
ningún momento han señalado que la gracia humanitaria se pueda dar sin motivo y
que las comunes con motivo, eso solo está en la versión del abogado de
Fujimori”, sostuvo.
En
esta línea, Quispe expresó que debido a que la resolución al ser tan ambigua e
impersonal respecto al beneficio de la gracia se estaría sentando un mal
precedente para futuros procesos.
DEFENSA
DE FUJIMORI
Durante su alocución el abogado Miguel Pérez Arroyo consideró que la resolución suprema que otorga la gracia presidencial no atenta contra los plazos establecidos en el código penal ya que, según manifestó, la contabilidad del tiempo no debe hacerse desde julio del 2017 cuando la Corte Suprema Chilena autoriza la incorporación de Fujimori en el proceso sino desde el 05 de junio del 2012.
Durante su alocución el abogado Miguel Pérez Arroyo consideró que la resolución suprema que otorga la gracia presidencial no atenta contra los plazos establecidos en el código penal ya que, según manifestó, la contabilidad del tiempo no debe hacerse desde julio del 2017 cuando la Corte Suprema Chilena autoriza la incorporación de Fujimori en el proceso sino desde el 05 de junio del 2012.
“Esta
falacia argumentativa parte de ese error, parte de considerar que a Fujimori se
le podía meter al proceso en julio pero eso es falso porque como ya he dicho y
además está claramente en el artículo 513 del código procesal penal cuando a
Fujimori se le insta el proceso de extradición a finales del año 2013 y en
diciembre del 2015 Fujimori ya estaba siendo procesado”, anotó.
DEBERÍA
SER ACUSADO
Para Quispe, la Sala que preside Cano aplicando el control de convencionalidad debería aplicar nula la concesión del derecho de gracia para que Fujimori continúe como acusado en el caso Pativilca. “Sin mandato de detención él podrá acudir al juicio como lo hizo en el caso de Barrios Altos”.
Para Quispe, la Sala que preside Cano aplicando el control de convencionalidad debería aplicar nula la concesión del derecho de gracia para que Fujimori continúe como acusado en el caso Pativilca. “Sin mandato de detención él podrá acudir al juicio como lo hizo en el caso de Barrios Altos”.
El
jurista de IDL también consideró que el Colegiado B podría emitir una
resolución en quince días pero precisó que todo el mes de febrero son
vacaciones judiciales por lo que refirió que debido a esto la decisión de los
jueces Miluska Cano, Otto Verapinto y Omar Pimentel podría estar saliendo a
inicios de marzo.
CASO
A LA CIDH
En recientes declaraciones el exprocurador Ronald Gamarra manifestó que el caso de la ejecución de seis personas en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, puede llegar incluso hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), pero eso dependerá de lo que decida la Sala Penal Nacional.
En recientes declaraciones el exprocurador Ronald Gamarra manifestó que el caso de la ejecución de seis personas en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, puede llegar incluso hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), pero eso dependerá de lo que decida la Sala Penal Nacional.
“El
derecho de gracia, como lo ha dicho el propio Tribunal Constitucional, sí puede
ser objeto de control constitucional por los jueces constitucionales, por los
penales que están viendo el caso en específico y pueden hacer control de convencionalidad
y de constitucionalidad y, finalmente, por el propio Tribunal Constitucional”,
dijo a un programa radial local.
“Además,
dependiendo de lo que decida la Sala Penal Nacional sobre el caso Pativilca se
puede llegar al Sistema Interamericano de Protección a los Derechos Humanos y,
finalmente, a una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su
momento”, puntualizó.
No hay comentarios:
Publicar un comentario