viernes, 30 de enero de 2015

PADRES DE FAMILIA: PAGO POR APAFA NO ES CONDICIÓN PARA MATRÍCULA ESCOLAR

MINISTERIO DE EDUCACIÓN ACLARA QUE INCLUSO DICHO APORTE PUEDE SER FRACCIONADO Y NO LIMITA MATRÍCULA DE ESCOLARES
FUENTE: PERIODISMO EN LINEA
Como es costumbre los pagos para la matrícula escolar son un dolor de cabeza para los padres de familia por los altos montos que se solicitan, no obstante el pago exigido para la Asociación de Padres de Familia (APAFA) no condiciona la matrícula escolar.
Así lo aclaró el Ministerio de Educación en concordancia con la Ley 28628, reiterando el llamado a las familias y a los funcionarios de los colegios públicos que el aporte a las Asociaciones de Padres de Familia no es condición previa para matricular a los estudiantes y señaló que la cuota puede ser fraccionada. 
De esa manera, el aporte tope debe ser S/.57,75 que equivale al 1,5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) correspondiente a este año (S/.3.850), precisó el Jefe de Control del Seguimiento de la Oficina General de Ética Pública y Transparencia del MINEDU, Gabriel Quevedo Chong.
Refirió que según la ley, las Apafa tienen la obligación de elaborar un plan operativo anual de trabajo que debe articularse al que tienen los colegios en beneficio de los escolares.
Al respecto, el Secretario Técnico de la Coordinadora Regional de Apafas de Lima Metropolitana, Carlos Ángeles, concordó con las precisiones del MINEDU y pidió a los padres y madres de familia recordar que sus aportes voluntarios deben ser correctamente utilizados para apoyar la gestión de las escuelas.
Mencionó que los recursos pueden servir para la compra de materiales de infraestructura, reparaciones y capacitación de los padres, siempre  en coordinación con la dirección del colegio y a través del plan anual de trabajo.
Sostuvo incluso que estos fondos se pueden destinar a cuestiones  específicas, como sufragar los gastos de movilidad de las delegaciones estudiantiles cuando representan a sus colegios.
Ángeles apuntó que las Apafas tienen dos tipos de aportes. Uno no debe exceder del 1,5% de la UIT. El otro se traduce en cuotas extraordinarias que puede solicitar el Consejo Directivo en función al presupuesto que presente ante la Asamblea General y que se debe someter a la decisión final de los padres de familia.
Recalcó que las Apafa están en la obligación de presentar un informe semestral y un balance anual de egresos e ingresos. Será la Asamblea General la encargada de revisarlos y aprobarlos.

Cabe señalar que la Coordinadora Regional de Apafas de LimaMetropolitana agrupa a más de quinientas asociaciones de siete unidades de gestión educativa local (UGEL) de la capital.

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