PERÚ21 EXPLICA: SIGUE ESTOS PASOS PARA QUE TE EXONEREN DEL PAGO DEL
IMPUESTO A LA RENTA
Martes 05 de enero del 2016 Si eres contribuyente de cuarta
categoría esta información es para ti.
Los trabajadores independientes correspondientes a la cuarta
categoría que tengan ingresos menores a S/2,880 soles y emitan recibos por
honorarios podrán estar exonerados de la retención por Impuesto a la Renta
(IR).
[SUNAT: ENTÉRATE SI ESTÁS
EXONERADO DE LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA]
Según la resolución de la SUNAT 367-2015 —publicada este martes
en el diario oficial El Peruano— los contribuyentes pueden solicitar sus
suspensión de retenciones o pagos de cuenta.
PASO A PASO
1. PROYECTA TUS INGRESOS
Los contribuyentes que no superen los S/ 34.560 soles durante el
año accederán al beneficio de exoneración. En caso contrario, el contribuyente
debe declarar y pagar a cuenta del Impuesto a la Renta y determinar en sus
recibos por honorarios el importe de la retención, para este año se ha
consignado el 8%.
2. INGRESA A LA WEB
Si el contribuyente no excede el monto especificado deberá
acceder al portal de la Sunat con su “Clave SOL” e ingresar a “SUNAT
Operaciones en Línea” para completar el Formulario Virtual N° 1609.
3. IMPRIME TU CONSTANCIA
Después de completar los datos, se debe imprimir la constancia
de autorización de suspensión, la cual tiene vigencia hasta el 31 de diciembre
de este año.
4. MÁS INFORMACIÓN
Los contribuyentes también se pueden informar a través de la
Central de Consultas telefónicas desde un teléfono fijo a 0-801-12-100 y desde
un celular al 315-0730. Los usuarios pueden solicitar información personalizada
en los Centros de Servicios al Contribuyente.
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