miércoles, 4 de septiembre de 2013

ALAN GARCIA LOGRA ZAFARSE DEL CASO FRONTON: TC LE DA LA MANO

LE DEJARON LIMPIO, A PESAR DE LA GRAVEDAD DEL DELITO POR EL QUE SE LE IMPUTABA
En 1986 en el primer gobierno del ex presidente del Perú Alan García Pérez más de doscientos internos acusados o sentenciados por terrorismo perdieron la vida en los penales de Lurigancho, El Frontón y Santa Bárbara, el 18 y 19 de junio de 1986.
Emplearon para su desvelamiento el uso deliberado y excesivo de la fuerza contra los reclusos quienes, una vez rendidos y controlados, fueran ejecutados extrajudicialmente.
Emplearon para su desvelamiento el uso deliberado y excesivo de la fuerza contra los reclusos quienes, una vez rendidos y controlados, fueran ejecutados extrajudicialmente.
Mucha gente inocente murió en el frontón. Mi amigo JOVALDO, fue asesinado en el frontón, él no era terrorista, era poeta, murió peor que un perro. Así como el hubieron muchos héroes anónimos que quedarán en olvido.
TC LE DA LA MANO
LES DEJARON LIMPIO, A PESAR DE LA GRAVEDAD DEL DELITO POR EL QUE SE LES IMPUTABA
TC limpia de responsabilidades a gobierno de García por matanza en “El Frontón”
EMITIÓ FALLO QUE ESTABLECE QUE NO HUBO DELITO DE LESA HUMANIDAD
Escribe: ZENAIDA ZEA OLIVERA | Los Andes
En julio de 1986, más de 130 presos perecieron durante una intervención de las Fuerzas Armadas en el penal El Frontón done de registraba un motín. Cuando la subversión de Sendero Luminoso estaba en boga, el primer gobierno aprista de Alan García Pérez no tuvo mejor idea que realizar un limpieza profunda sin medir el costo social.
A 27 años de este suceso, uno de los más representativos en lo que refiere a la violación de derechos humanos, el Tribunal Constitucional (TC), ha emitido una resolución declararon que la “matanza del Frontón” no representa un delito de lesa humanidad, sino que éste debe ser considerado como un delito común.
Esta vergonzosa sentencia fue aprobada gracias a los magistrados Carlos Mesía Ramírez, Juan Vergara Gotelli, Fernando Calle Hayen y Ernesto Álvarez Miranda. En tanto, Óscar Urviola Hani y Gerardo Eto Cruz; causando una vez más la indignación nacional.
El fallo del TC emitido por el colegiado asegura que no hubo uso excesivo de la fuerza, ni ejecuciones extrajudiciales durante los crímenes perpetrados en dicho motín, contraviniendo así el sistema de defensa internacional de los derechos humanos.
Esta sentencia, ni bien conocida ha sido calificada como “vergonzosa”, porque la referida resolución señala tácitamente que no existen pruebas de ataque generalizado o sistemático y que mucho menos haya planificado y ejecutado por el Estado.
“No se cita ningún medio probatorio de la existencia de un plan previo para acabar con la vida de los internos a través de un uso excesivo de la fuerza y de ejecuciones extrajudiciales, por lo que este Tribunal no puede avalar la calificación del presente caso como crimen de lesa humanidad que adopta el juez emplazado”, especifica el fallo.
Contraria a las conocidas investigaciones de entidades de derechos humanos y de colectivos como la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), el TC argumenta que las muertes en el Frontón obedecen exclusivamente a una gresca descomunal entre internos y las fuerzas del orden y que el Poder Judicial realizó una indebida en la calificación de los hechos, debiendo considerarlo como delito común.
No obstante, ordena que se continúe con el proceso penal, para que el Estado cumpla con los compromisos suscritos con tratados internacionales de protección de los derechos humanos, contradictoriamente al fallo emitido.
Precedentes
Es preciso recordar, que la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH), ordenó al Estado investigar, sancionar a los responsables de esta matanza, así como reparar a las víctimas en el marco del respeto a lo acordado en la Convención Americana y el derecho internacional.
En su dictamen emitido el 16 de agosto de 2000, la CIDH reconoce que las violaciones al derecho a la vida cometidas por los miembros de la Marina de Guerra contra los presos de El Frontón, se realizó desproporcionadamente, por ejecuciones sumarias y mediante la demolición de un muro del penal.
Pata tal efecto, en el Congreso se formó una comisión investigadora, en cuyo informe se concluye que se hizo uso desproporcionado de las armas para controlar a los presos amotinados.
Reacciones
Ni bien conocido el fallo, las reacciones no se hicieron esperar. Es así que las organizaciones de derechos humanos y sus defensores, ya preparan sus pronunciamientos al considerar que con esta sentencia se echa al suelo el esfuerzo de muchos años en la búsqueda de justicia y establecimiento del orden democrático.
Al respecto, en un medio radial capitalino, el congresista Jorge del Castillo, con el mayor cinismo ha indicado que debe calificarse a delitos de lesa humanidad a la matanza de campesinos por fuerzas subversivas y para militares que actuaron desmedidamente en el interior del país.
Deslindó que haya similitud con los casos como el de “La Cantuta”, saludando así el fallo de la TC, argumentando que hecho fue planificado y sistemático, mas no con lo acontecido en 1986 con más de 130 reclusos, en el que ta,mbién dijo, cayeron efectivos de la Marina.

Por su parte, Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), advirtió en declaraciones al Diario 16, que con esta “Sentencia del tribunal deja las puertas abiertas para el archivamiento del caso”, ante la solicitud de pedir que prescriban las muertes, de ser consideradas como delito común, al haber transcurrido más de 20 años.

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