LE DEJARON LIMPIO, A PESAR DE LA GRAVEDAD DEL DELITO POR EL QUE SE
LE IMPUTABA
En 1986 en el primer gobierno del ex presidente del Perú Alan García Pérez más de doscientos internos acusados o sentenciados por terrorismo perdieron la vida en los penales de Lurigancho, El Frontón y Santa Bárbara, el 18 y 19 de junio de 1986.
Emplearon para su desvelamiento el uso deliberado y excesivo de la fuerza contra los reclusos quienes, una vez rendidos y controlados, fueran ejecutados extrajudicialmente.Emplearon para su desvelamiento el uso deliberado y excesivo de la fuerza contra los reclusos quienes, una vez rendidos y controlados, fueran ejecutados extrajudicialmente.
Mucha gente inocente murió en el frontón. Mi amigo JOVALDO, fue asesinado en el frontón, él no era terrorista, era poeta, murió peor que un perro. Así como el hubieron muchos héroes anónimos que quedarán en olvido.
TC LE DA LA MANO
LES DEJARON LIMPIO, A PESAR DE LA GRAVEDAD DEL DELITO POR EL QUE SE
LES IMPUTABA
TC limpia de responsabilidades a gobierno de García por matanza
en “El Frontón”
EMITIÓ FALLO QUE ESTABLECE QUE NO HUBO DELITO DE LESA HUMANIDAD
Escribe: ZENAIDA ZEA OLIVERA | Los Andes
En julio de 1986, más de 130 presos perecieron durante una
intervención de las Fuerzas Armadas en el penal El Frontón done de registraba
un motín. Cuando la subversión de Sendero Luminoso estaba en boga, el primer
gobierno aprista de Alan García Pérez no tuvo mejor idea que realizar un
limpieza profunda sin medir el costo social.
A 27 años de este suceso, uno de los más representativos en lo
que refiere a la violación de derechos humanos, el Tribunal Constitucional
(TC), ha emitido una resolución declararon que la “matanza del Frontón” no
representa un delito de lesa humanidad, sino que éste debe ser considerado como
un delito común.
Esta vergonzosa sentencia fue aprobada gracias a los magistrados
Carlos Mesía Ramírez, Juan Vergara Gotelli, Fernando Calle Hayen y Ernesto
Álvarez Miranda. En tanto, Óscar Urviola Hani y Gerardo Eto Cruz; causando una
vez más la indignación nacional.
El fallo del TC emitido por el colegiado asegura que no hubo uso
excesivo de la fuerza, ni ejecuciones extrajudiciales durante los crímenes
perpetrados en dicho motín, contraviniendo así el sistema de defensa internacional
de los derechos humanos.
Esta sentencia, ni bien conocida ha sido calificada como
“vergonzosa”, porque la referida resolución señala tácitamente que no existen
pruebas de ataque generalizado o sistemático y que mucho menos haya planificado
y ejecutado por el Estado.
“No se cita ningún medio probatorio de la existencia de un plan
previo para acabar con la vida de los internos a través de un uso excesivo de
la fuerza y de ejecuciones extrajudiciales, por lo que este Tribunal no puede
avalar la calificación del presente caso como crimen de lesa humanidad que
adopta el juez emplazado”, especifica el fallo.
Contraria a las conocidas investigaciones de entidades de
derechos humanos y de colectivos como la Comisión de la Verdad y Reconciliación
(CVR), el TC argumenta que las muertes en el Frontón obedecen exclusivamente a
una gresca descomunal entre internos y las fuerzas del orden y que el Poder
Judicial realizó una indebida en la calificación de los hechos, debiendo
considerarlo como delito común.
No obstante, ordena que se continúe con el proceso penal, para
que el Estado cumpla con los compromisos suscritos con tratados internacionales
de protección de los derechos humanos, contradictoriamente al fallo emitido.
Precedentes
Es preciso recordar, que la Corte Internacional de Derechos
Humanos (CIDH), ordenó al Estado investigar, sancionar a los responsables de
esta matanza, así como reparar a las víctimas en el marco del respeto a lo
acordado en la Convención Americana y el derecho internacional.
En su dictamen emitido el 16 de agosto de 2000, la CIDH reconoce
que las violaciones al derecho a la vida cometidas por los miembros de la
Marina de Guerra contra los presos de El Frontón, se realizó
desproporcionadamente, por ejecuciones sumarias y mediante la demolición de un
muro del penal.
Pata tal efecto, en el Congreso se formó una comisión
investigadora, en cuyo informe se concluye que se hizo uso desproporcionado de
las armas para controlar a los presos amotinados.
Reacciones
Ni bien conocido el fallo, las reacciones no se hicieron
esperar. Es así que las organizaciones de derechos humanos y sus defensores, ya
preparan sus pronunciamientos al considerar que con esta sentencia se echa al
suelo el esfuerzo de muchos años en la búsqueda de justicia y establecimiento del
orden democrático.
Al respecto, en un medio radial capitalino, el congresista Jorge
del Castillo, con el mayor cinismo ha indicado que debe calificarse a delitos
de lesa humanidad a la matanza de campesinos por fuerzas subversivas y para
militares que actuaron desmedidamente en el interior del país.
Deslindó que haya similitud con los casos como el de “La
Cantuta”, saludando así el fallo de la TC, argumentando que hecho fue
planificado y sistemático, mas no con lo acontecido en 1986 con más de 130
reclusos, en el que ta,mbién dijo, cayeron efectivos de la Marina.
Por su parte, Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa
Legal (IDL), advirtió en declaraciones al Diario 16, que con esta “Sentencia
del tribunal deja las puertas abiertas para el archivamiento del caso”, ante la
solicitud de pedir que prescriban las muertes, de ser consideradas como delito
común, al haber transcurrido más de 20 años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario