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viernes, 2 de junio de 2017

CARABAYLLO PREGUNTA ¿DÓNDE ESTA LA SUBPREFECTA?

Si pues, después de la juramentación  que tuvo como escenario la  municipalidad de Carabayllo, la Subperfecta desapareció por completo y con ella sus promesas y ofertas  como “luchar contra la corrupción pero de la mano con Rafael Alvarez el alcalde de Carabayllo”. ¿De la mano con el alcalde….?
La última vez que tuvimos noticias de la Sra. Subprefecta  fue cuando se instaló  en el local político del PPC, partido del cual es una activa militante. Luego, nos informaron que se había trasladado a la urbanización  Santo Domingo de donde también desapareció. Hoy nos dicen  que se encuentra instalada  en un local sin número ubicado en el Chaperito.
Lo que llama la atención y causa preocupación  es el hecho, que pese al tiempo  trascurrido, la Prefecta no  cuenta con un local estable en donde los vecinos puedan ser atendidos.
El problema es que, nombran como autoridades  a personajes que ni siquiera por instinto tienen la idea de la función del cargo que van a desempeñar.
En tiempo atrás, la figura de los hoy subprefectos fue un cargo muy reconocido, los nombrados representaban al presidente de la República. Hoy esa imagen de respeto se ha deteriorando por culpa de los errores de quienes llegaron al cargo sin saber siquiera en dónde están parados.
El Subprefecto es la autoridad de mayor jerarquía política nombrado por el Ministro del Interior con las siguientes funciones:
ü  Formular planes de trabajo y memorias en concordancia con los lineamientos generales y el plan estratégico institucional de la Dirección General de Gobierno Interior.
ü  Registrar y canalizar ante las autoridades competentes las denuncias de la ciudadanía sobre presuntos atentados contra los derechos humanos, velando por su atención inmediata e informando oportunamente a la Dirección General de Gobierno Interior.
ü  Otorgar garantías personales a las personas naturales y jurídicas.
ü  Coordinar y participar en el ámbito de su competencia con las autoridades del Gobierno Nacional, Regional y/o Local pertinentes, la realización de campañas y operativos destinadas a prevenir y controlar actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres, la higiene y salubridad, y aquellos actos que contravengan las leyes del Estado.
ü  Recibir las quejas y demandas de la población y derivarlas a los órganos del Estado competentes a efectos de que sean atendidas.
ü  Velar por la adecuada prestación de servicios públicos en general, sin perjuicio del ejercicio de las competencias asignadas por ley a otras entidades.
ü  Promover la identidad nacional en el marco del respeto a la interculturalidad y a las distintas variables étnicas existentes en el país.
ü  Participar en los comités de seguridad ciudadana, promoviendo la participación y organización de la ciudadanía en coordinación con las autoridades de la jurisdicción.

ü  Coadyuvar, en el ámbito de su circunscripción, en las coordinaciones que sean necesarias en relación a las acciones desarrolladas por los siguientes programas sociales y acciones del Estado, especialmente en las zonas de extrema pobreza.     

domingo, 9 de abril de 2017

BRENDA ANTUANETT SAMAME TORIBIO SUBPREFECTA DE CARABAYLLO

¿QUÉ DEBE DE HACER  UNA SUBPREFECTA?
1.          Entender como lo señala el Dr. Alfredo Alarcón Pecho que: El cargo de sub prefecta es eminentemente político, entonces debemos entender que la "flamante" Sub Prefecta tiene conocimiento de las graves denuncias de corrupción y acusación fiscal de 7 años contra el Alcalde. Por ello debió elegir otro lugar para juramentar, pudiendo haber sido inclusive alguna plaza pública, pero ya vemos que está demostrando demasiada ingenuidad y desconocimiento. Para que se mete en esto si no está preparada. Esto va a ser aprovechado por tremendos "depredadores políticos" en desmedro de los ciudadanos cansados de abuso y corrupción
2.          En ese sentido, resulta lamentable  que el distrito de Carabayllo tenga como autoridades a personajes que no tienen ni siquiera por instinto, la idea de la función del cargo que desempeñan como ocurrió con las anteriores subprefectas. En tiempo atrás, la figura de los gobernadores fue muy reconocida. Representaban al presidente de la República. Sin embargo, esa imagen de respeto se fue deteriorando por culpa de los errores de personajes que llegaron al cargo sin saber siquiera en dónde están parados.
3.          No esta demas señalar que hasta el dia de hoy los designados en el cargo desconocen que son funciones   de las subprefecturas: 
  Formular planes de trabajo y memorias en concordancia con los lineamientos generales y el plan estratégico institucional de la Dirección General de Gobierno Interior.
  Registrar y canalizar ante las autoridades competentes las denuncias de la ciudadanía sobre presuntos atentados contra los derechos humanos, velando por su atención inmediata e informando oportunamente a la Dirección General de Gobierno Interior.
  Otorgar garantías personales a las personas naturales y jurídicas.
  Coordinar y participar en el ámbito de su competencia con las autoridades del Gobierno Nacional, Regional y/o Local pertinentes, la realización de campañas y operativos destinadas a prevenir y controlar actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres, la higiene y salubridad, y aquellos actos que contravengan las leyes del Estado.
  Recibir las quejas y demandas de la población y derivarlas a los órganos del Estado competentes a efectos de que sean atendidas.
  Velar por la adecuada prestación de servicios públicos en general, sin perjuicio del ejercicio de las competencias asignadas por ley a otras entidades.
  Promover la identidad nacional en el marco del respeto a la interculturalidad y a las distintas variables étnicas existentes en el país.
  Participar en los comités de seguridad ciudadana, promoviendo la participación y organización de la ciudadanía en coordinación con las autoridades de la jurisdicción.

  Coadyuvar, en el ámbito de su circunscripción, en las coordinaciones que sean necesarias en relación a las acciones desarrolladas por los siguientes programas sociales y acciones del Estado, especialmente en las zonas de extrema pobreza.     

viernes, 25 de septiembre de 2015

LAS CANTINFLADAS DE LA GOBERNADORA DE CARABAYLLO

ESTO SOLO OCURRE EN EL PERÚ
¿Que lastima? que la Gobernadora de Carabayllo falto de creatividad en cada presentación recurra a reventarse cuete (¡yo vengo desde  abajo!, ¡yo he sido dirigente”, “yo he  sido luchadora social”, solo falta que diga ¡yo invente la pólvora!).
Lo que la gobernadora debe hacer antes que fanfarronear es explicar  ¿Cuál es su función como gobernadora distrital? que no se aprecia en el  video que adjuntamos.
Si algo hay que destacar de su cansino mensaje además  de la simplicidad de sus expresiones, es su claro desconocimiento  de sus obligaciones como gobernadora del distrito de Carabayllo.
En este contexto y marco, resulta más que  lamentable  que el distrito de Carabayllo tenga como autoridades a personajes que no tienen ni siquiera por instinto, la idea de la función del cargo que desempeñan.
En tiempo atrás, la figura de los gobernadores fue muy reconocida. Representaban al presidente de la República. Sin embargo, esa imagen de respeto se fue deteriorando por culpa de los errores de personajes que llegaron al cargo sin saber siquiera en dónde están parados.
En suma, desconocen que son funciones   de los Gobernadores: 
  • ü  Formular planes de trabajo y memorias en concordancia con los lineamientos generales y el plan estratégico institucional de la Dirección General de Gobierno Interior.
  • ü  Registrar y canalizar ante las autoridades competentes las denuncias de la ciudadanía sobre presuntos atentados contra los derechos humanos, velando por su atención inmediata e informando oportunamente a la Dirección General de Gobierno Interior.
  • ü  Otorgar garantías personales a las personas naturales y jurídicas.
  • ü  Coordinar y participar en el ámbito de su competencia con las autoridades del Gobierno Nacional, Regional y/o Local pertinentes, la realización de campañas y operativos destinadas a prevenir y controlar actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres, la higiene y salubridad, y aquellos actos que contravengan las leyes del Estado.
  • ü  Recibir las quejas y demandas de la población y derivarlas a los órganos del Estado competentes a efectos de que sean atendidas.
  • ü  Velar por la adecuada prestación de servicios públicos en general, sin perjuicio del ejercicio de las competencias asignadas por ley a otras entidades.
  • ü  Promover la identidad nacional en el marco del respeto a la interculturalidad y a las distintas variables étnicas existentes en el país.
  • ü  Participar en los comités de seguridad ciudadana, promoviendo la participación y organización de la ciudadanía en coordinación con las autoridades de la jurisdicción.
  • ü  Coadyuvar, en el ámbito de su circunscripción, en las coordinaciones que sean necesarias en relación a las acciones desarrolladas por los siguientes programas sociales y acciones del Estado, especialmente en las zonas de extrema pobreza.